jueves, 29 de septiembre de 2016

EL SOTERRAMIENTO ES ILEGAL

Nuestro diccionario define como "ILEGAL" todo aquello que va contra la ley. El proyecto actual de Soterramiento va en contra de la Ley Nacional 7.846 sancionada en el año 1910, si hace mas de 100 años, pero AUN SIGUE VIGENTE y como tal hay que CUMPLIRLA. 

Que establece la mencionada Ley? 

En su décimo artículo inciso a establece que además de explotar con tracción eléctrica el trayecto Pza Once - Moreno se deben "construir DOS (2) vías adicionales, sumadas a las ya existentes, -en total 4 vías- en los tramos en los que actualmente hay solo dos vías, o sea, en el tramo Caballito, Flores, Floresta, Villa Luro, y de Merlo a Moreno"

Además el artículo 12 de la presente Ley establece:

"Declárase de utilidad pública, a los efectos de la expropiación, la ocupación del subsuelo, terrenos y edificios de propiedad particular, cuya ocupación fuera necesaria para llevar a cabo las obras autorizadas por esa Ley, así como también los terrenos y edificios necesarios de la cabecera Este de la estación Caballito, de acuerdo con el plano definitivo que apruebe el Poder Ejecutivo. La empresa responderá de los perjuicios que sufran las propiedades afectadas ó inmediatas a las obras por causa de éstas. Limítase en general a un máximo de veinte metros el ancho de las fajas del terreno que se autoriza a expropiar a uno u otro lado de la zona actual de la vía, entre Caballito y Moreno, pudiendo esta faja ensancharse hasta cincuenta metros, en los casos especiales que justificara la empresa, ante el Poder Ejecutivo, ser necesario para las obras que esta Ley autoriza. Limítase igualmente a dos años, desde la aprobación de los planos por el Poder Ejecutivo, el término durante el cual la empresa podrá iniciar los juicios de expropiación correspondientes”.

Resumiendo esta Ley aún VIGENTE en nuestro país establece que tienen que construirse cuatro vías en superficie o en trinchera en todo el trayecto comprendido entre las estaciones de Once y Moreno. Las cuatro vías existen en gran parte del trayecto pero aun faltan algunos tramos.

Al existir estas vías laterales (o de sobrepaso) permiten que ante cualquier incidente no sea necesario cancelar todo el servicio, permiten que corran servicios rápidos y locales que en aliviaban el caudal de gente en hora pico, que corran en simultaneo con los coches eléctricos servicios diésel larga distancia e interurbanos, permite que se realice traslado de material rodante sin afectar el servicio local, etc.

El Soterramiento va en contra de la esencia de esta LEY NACIONAL al cercenarle dos vías al ferrocarril lo que traería aparejado un montón de perjuicios que ya hemos mencionado en infinidad de ocasiones pero los recordaremos:

- Eliminación de servicios rápidos y locales.

- impediría que servicios larga distancia lleguen a la cabecera de Once.

- Eliminaría la posibilidad de tener servicios directos desde las localidades más lejanas (Lujan, Mercedes, Lobos, etc) hasta Once.

- Un pequeño desperfecto técnico que haga detener una formación acabaría paralizando todo el servicio.

Por eso volvemos a hacer hincapié en que la mejor solución para el problema del ferrocarril y las barreras es la construcción de pasos bajo nivel o puentes aéreos según la situación lo amerite.
Hay que pensar el ferrocarril en base a su función y como un servicio público no en base a los negociados de unos pocos.




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